AADI EN DEFENSA DEL DERECHO DEL INTÉRPRETE

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AADI EN DEFENSA DEL DERECHO DEL INTÉRPRETE
(ante un reciente decreto del Poder Ejecutivo Nacional)
 
¿Lo que se paga por la música es un impuesto? NO.
Los impuestos son dineros que exige el Estado para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines.
En cambio, lo que se paga por la música es para el intérprete, que tiene derecho a una remuneración por el uso de sus interpretaciones, que son su propiedad.
Además, en el caso de la música no hay compulsión: un negocio bien puede optar por prescindir de la música y entonces nada se debe.
 
- ¿Qué es lo que paga un negocio por el uso de la música? UN DERECHO.
La Constitución Nacional dice que “Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley” (art. 17).
 
- ¿Pero si es en una habitación de hotel o en una fiesta privada en un salón? LOS NEGOCIOS TIENEN QUE PAGAR.
Lo que importa no es el uso que hacen los pasajeros de un hotel o los asistentes a una fiesta, sino el beneficio económico que obtienen el hotel o el salón por la utilización de la música.
 
En la interpretación oficial, el Decreto 765/2024 habilita a los hoteles y a los salones a no pagar por la música. El Decreto 765/2024 ha roto entonces la inviolabilidad de la propiedad que el Gobierno juró respetar.
           
Los firmantes apoyamos toda iniciativa para la derogación o impugnación del Decreto 765/2024, que es inconstitucional.
FIRME AQUI https://forms.gle/EFuqFhfGhVYA8t1N8